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Control de residuos fitosanitarios en la Unión Europea

2016 podría cerrar con una disminución considerable de alertas por residuos en la UE

Han pasado más de 30 años desde que se inició el sistema de control de alertas de la UE, y más de 14 años desde que se publicara el Reglamento (EC) 178/2002, donde se sientan las bases legales del RASFF (Rapid Alert System for Food & Feed). El sistema de alertas rápidas es tremendamente eficaz, está formado por puntos de contacto en todos los países y organizaciones miembros del RASFF que intercambian información sobre cualquier riesgo para la salud.

Es, sin duda, la legislación clave, donde se resalta la necesidad de tener mecanismos armonizados de control para el “mercado único europeo”, y siempre anteponiendo la necesidad de protección y defensa de los consumidores en materia de seguridad y generación de confianza, ante los alimentos y piensos que se comercializan en la UE.



En él se habla de los mecanismos de control, así como de los órganos de asistencia técnica y científica de apoyo a la Comisión, de la interacción y colaboración de las empresas comercializadoras con la Administración, de los riesgos emergentes, de la transparencia, o del sistema de alertas rápidas, gestión de crisis y situaciones de emergencia.

En definitiva, el presente reglamento proporciona la base para asegurar un nivel elevado de protección de la salud de las personas y de los intereses de los consumidores en relación con los alimentos, al tiempo que se garantiza el funcionamiento eficaz del mercado interior. Establece, asimismo, los principios y responsabilidades comunes, los medios para proporcionar una base científica sólida y disposiciones y procedimientos organizativos eficientes en los que basar la toma de decisiones en cuestiones referentes a la seguridad de los alimentos y los piensos.

Sistema de Alerta Rápida (RASFF)

El sistema de alertas rápidas es tremendamente eficaz, está formado por puntos de contacto en todos los países y organizaciones miembros del RASFF, que intercambian información sobre cualquier riesgo para la salud. Existe un servicio permanente (formato 24/7) para garantizar el envío, la recepción y la respuesta de las notificaciones urgentes en el tiempo más breve posible.

Son miembros de pleno derecho del RASFF los 27 Estados miembros de la UE, junto con la Comisión Europea y la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA), Islandia, Liechtenstein y Noruega.

Cuando un miembro del RASFF dispone de información sobre un riesgo sanitario grave procedente de alimentos o piensos, debe informar inmediatamente a la Comisión Europea mediante el sistema RASFF. A continuación, la Comisión Europea informa sin demora al resto de miembros con la finalidad de adoptar las acciones apropiadas.

Entre las medidas a adoptar está incluida una posible retirada del producto del mercado. La Comisión evalúa toda la información recibida y la remite a todos los miembros del RASFF por medio de uno de los cuatro tipos de notificación:

-Notificación de alerta: Para caso de productos ya a la venta que presentan un riesgo grave, y hay que adoptar medidas urgentes.

-Notificación de información: Para cuando el producto aún no se encuentra en el mercado, el riesgo no se considera grave y no hay que adoptar medidas de forma urgente.

-Rechazo en frontera: En las fronteras exteriores de la UE, incluida Suiza, se produce un rechazo directo de la mercancía, por detectarse cualquier riesgo sanitario que vulnera la legislación.

-Noticia: Cualquier información relacionada con la seguridad de los alimentos, que no ha sido notificación, y que las autoridades consideran interesante compartir con los miembros del RASFF.

Estas alertas y notificaciones llevan, entre otras, toda la información referente al tipo y origen de la mercancía, país donde se detecta y vulneración legislativa, en relación al tipo de riesgos sanitarios que incumplen: microorganismos patógenos, residuo de fitosanitarios, aditivos, alérgenos, metales pesados, micotoxinas, etc.

Presencia de residuos de fitosanitarios en la UE detectados por el RASFF
En 2015, de 3.049 notificaciones recogidas a través del sistema RASFF, 775 fueron clasificadas como alertas, y 1.387 fueron rechazos en frontera. De todas esas notificaciones, 405 se corresponden a notificaciones por presencia de residuos de fitosanitarios que vulneran la legislación (básicamente, incumplimiento de límites máximos de residuos y sustancias no autorizadas dentro del marco europeo).



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Si comparamos con 2014, de las 3.157 notificaciones comunicadas, 435 fueron por residuos de fitosanitarios. Esto representa un 13,7%, frente al 13,2% que supuso en 2015. Se produjo un ligero descenso porcentual y en valor absoluto, si bien, las cifras se mueven en el mismo orden de magnitud.

Cabe resaltar que, de las 405 notificaciones por incumplimientos por riesgo de residuos de fitosanitarios, tan solo 34 eran sobre productos originarios de la Unión Europea, es decir, un 8,4% de estas. Y en relación con el resto de notificaciones, tan solo 5 países acumulan casi el 50% de las restantes: Turquía, Egipto, China, India y República Dominicana.

Analizando la trayectoria de algunos países en los últimos años, cabe resaltar el esfuerzo y los grandes avances que están consiguiendo en materia de control sanitario y de la inocuidad alimentaria muchos países importadores de Sudamérica, con una reducción drástica del número de alertas en comparación con el pasado, sea el ejemplo de Perú. También merece la pena citar los avances y reducción del número de alertas levantadas por fitosanitarios para el caso de Marruecos.

Además de lo comentado sobre 2014 y 2015, hay un dato muy alentador que resaltar, pues a 1 de noviembre de 2016, tan solo se llevan realizadas 207 notificaciones por residuos de fitosanitarios, lo que podría suponer cerrar el ejercicio en curso con una disminución considerable de alertas con respecto a años anteriores.

Entrando en el detalle de los fitosanitarios con más presencia y mayor número de alertas levantadas en 2015, como puede verse en la figura, estos han sido: clorpirifós, carbendacima, acetamiprid y dimetoato.

Hay varios aspectos importantes a resaltar, que subyacen de la información anterior:

1. Que de las 28 sustancias activas encontradas en 2015, y consideradas en esta estadística, 16 (57,2%) no están autorizadas en la UE.

2. Que sigue habiendo un uso y presencia dominante de compuestos del tipo organoclorados, organofosforados y carbamatos que se repite año tras año, sin que haya una tendencia clara de reducción de los mismos.

En resumen, todavía queda un largo camino por recorrer en muchos países que exportan a la UE, debiendo mejorar las buenas prácticas de campo, estando más atentos a las tendencias en materia de registro de fitosanitarios, legislación y nuevos ingredientes. Se debe mejorar el autocontrol y la fiscalización en origen, con el fin de evitar sorpresas, rechazos e incidencias en las frutas y hortalizas que entran en Europa, pues sin duda esto afecta a la imagen de los importadores.

AGQ Labs cuenta con una dilatada experiencia en el control en origen de proveedores de productos frescos de una cadena de distribución, central de compras, industria de transformación o exportador, para el cumplimiento de los requisitos legales y comerciales establecidos respecto a contenidos de residuos fitosanitarios u otros microcontaminantes.

Referencias
1. Comisión Europea (2011). Food safety – From Farm to Fork. Disponible en: http://europa.eu/pol/food/index_en.htm.

2. Reglamento (CE) nº 178/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de enero de 2002, por el que se establecen los principios y los requisitos generales de la legislación alimentaria, se crea la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria y se fijan procedimientos relativos a la seguridad alimentaria.

3. Comisión Europea (2016). The Rapid Alert System for Food and Feed (RASFF) - Annual Report 2015. Disponible en: https://ec.europa.eu/food/sites/food/files/safety/docs/rasff_annual_report_2015.pdf


Más información:
Miguel Valero Valero
Director corporativo agroalimentaria AGQ Labs
Tel.: +34 955 738 908
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