Brasil: Control de plaga en banano está en la consulta pública
En la actualidad, valen las reglas de la instrucción Normativa N° 46, del 27 de diciembre del 2010. La propuesta en consulta pública cambia las técnicas utilizadas en análisis de laboratorios. La legislación garantiza que las plantas de banano tengan certificado fitosanitaria con vista a su comercialización. Estas dos plagas se consideran No Cuarentenaria Reglamentada, es decir, aquellas cuya presencia en plantas o partes de estas, para siembra, influyen en su uso propuesto con impactos económicos inaceptables.
La propuesta prevé que las personas naturales o jurídicas, que realicen las actividades de producción, comercio almacenamiento, importación y exportación de las plantas de bananos, deberán estar inscritas en el Registro Nacional de Semillas y Plantas (RENASEM). Además, las plantas matrices de banano deberán ser mantenidas en ambientes protegidos de ataque de insectos, como pulgones y cochinillas y insectos de especie hospedante de estas plagas.
La intensión es de que las plantas continúen siendo inidentificadas con el código del tipo o u número de registro del establecimiento productor. Cada tipo deberá ser sometido a examen para confirmar la exención de la BSV y de la CMV. Cabera al Ministerio de la Agricultura fiscalizar los viveros y unidades de propagación in vitro y a los productores de plantas de banano.