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Italia: Las naranjadas y limonadas requieren un 20% mínimo de fruta para cumplir con la ley

La aprobación de una enmienda de un decreto del Ministerio de Sanidad italiano exige la presencia de un 20% de zumo de fruta en las bebidas sin alcohol con cítricos, conocidos como
naranjada o limonada, incluso los que tengan nombres comerciales. Las bebidas con una cantidad de zumo inferior al 20% podría continuar produciéndose de forma regular y estaría destinada a los mercados extranjeros, por ejemplo, los de Europa, donde el mínimo de fruta es algo menor, alrededor del 12%."

Las bebidas que cumplan el mínimo del 20% estarán identificadas con un logotipo de la calidad italiana del producto, que dirá si es naranjada o limonada. En cambio, las bebidas con menos del porcentaje permitido, ya no podrán llamarse naranjada o limonada, sino "agua carbonatada con colorante y sabor a cítrico".


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