¡Suscríbase a nuestra newsletter y manténgase al día con las últimas noticias!

Suscribirse Ya soy suscriptor

Está usted usando un software que bloquea nuestros anuncios.

Ya que publicamos noticias gratuitamente, dependemos de los ingresos de nuestros banners. Por favor, le rogamos que desactive su bloqueador de anuncios y recargue la página para poder seguir visitando esta web.
¡Gracias!

Haga clic aquí para leer la guía de cómo desactivar su bloqueador de anuncios.

Sign up for our daily Newsletter and stay up to date with all the latest news!

Suscripción I am already a subscriber

El cuaderno digital de explotación entrará en vigor en cuatro fases desde septiembre

El cuaderno digital de explotación agraria entrará en vigor en cuatro fases entre el 1 de enero de 2023 y el 1 de enero de 2025, según ha explicado el Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA), que ha publicado una nota aclaratoria sobre su entrada en vigor en función del tamaño e intensificación de las explotaciones, y del tipo de información que se debe cumplimentar.

Las explotaciones grandes, aquellas de más de 30 hectáreas de tierras de cultivo o pastos permanentes, 10 hectáreas de cultivos permanentes, 5 hectáreas de regadío o alguna parcela de invernadero, deberá anotar en el cuaderno la información exigida de las ayudas de la Política Agraria Común (PAC) de la campaña 2024.

A partir del próximo 1 de septiembre, fecha que coincide con el comiendo de la campaña agrícola de la PAC 2024, los titulares de esas explotaciones solo tendrán que realizar las anotaciones de los ecorregímenes que soliciten relativos a tierras de cultivo de regadío y cultivos leñosos.

Esto implica anotar las aplicaciones de fertilización en los sistemas de rotación de cultivos o siembra directa en regadío, o las fecha de establecimiento de las cubiertas vegetales e inertes, la anchura de la cubierta y la anchura libre de la proyección de copa, y el tipo de mantenimiento realizado sobre las cubiertas vegetales.

A partir del 1 de enero de 2024, los titulares de grandes explotaciones deberán rellenar el resto de información establecida en la normativa, como tratamientos fitosanitarios, resto de información exigida para las ayudas de la PAC y la aplicación de los fertilizante, incluida la que se realiza mediante el riego.

En cuanto al resto de las explotaciones, consideradas pequeñas, sus titulares solo deberán anotar en el cuaderno digital la información exigida para las ayudas de la PAC relativas a la campaña 2025 a partir del 1 de septiembre de 2024.

La fecha de entrada en vigor de la obligación de cumplimentar el resto de la información se retrasa al 1 de enero de 2025 en esos casos, según la nota del FEGA.

Además, la exigencia de disponer de un plan de abonado depende de la tipología de la explotación y las ayudas solicitadas.

Fuente: efeagro.com

Fecha de publicación: