Colombia no ha aplicado correctamente las recomendaciones de un grupo especial de arbitraje de la Organización Mundial del Comercio (OMC) en un litigio con la Unión Europea sobre patatas fritas congeladas procedentes de Bélgica, Alemania y los Países Bajos, según un informe de cumplimiento de la OMC hecho público esta semana.
Una vez aprobado el informe, Colombia deberá adoptar medidas correctoras y suprimir sin demora los derechos antidumping vigentes. El grupo especial de cumplimiento dictaminó que Colombia había actuado de forma incompatible con sus obligaciones en el marco de la OMC al calcular e imponer derechos antidumping a las patatas fritas congeladas importadas de varios Estados miembros de la UE. El grupo especial coincidió con la UE en que Colombia creó o infló artificialmente los márgenes de dumping utilizando metodologías incompatibles con las normas de la OMC.
Tanto Colombia como la UE participan en el Acuerdo Multilateral de Arbitraje de Apelación Provisional (AMIA), que permitió la continuación del proceso contencioso de la OMC a pesar de la suspensión del Órgano de Apelación de la organización. El plazo para recurrir el informe de cumplimiento ya ha expirado, sin que ninguna de las partes haya presentado recurso alguno.
Próximos pasos
En virtud de un acuerdo de procedimiento entre la UE y Colombia, cualquiera de las partes puede ahora solicitar que el Órgano de Solución de Diferencias (OSD) de la OMC adopte el informe del grupo especial sobre el cumplimiento durante su reunión del 24 de noviembre de 2025. Una vez adoptado, el informe será vinculante entre las dos partes, lo que obligará a Colombia a aplicar la resolución. Si no se logra el pleno cumplimiento, la UE podrá solicitar autorización a la OMC para suspender concesiones u obligaciones en respuesta.
Antecedentes
Colombia impuso por primera vez derechos antidumping sobre las patatas fritas congeladas procedentes de la UE en noviembre de 2018, lo que afectó a alrededor del 85% de las exportaciones de la UE por valor de unos 20,5 millones de dólares. Tras una reconsideración por expiración, Colombia prorrogó los derechos hasta el 30 de septiembre de 2027, con la opción de una nueva renovación.
La UE inició consultas con Colombia en noviembre de 2019 (DS591) preocupada por la incompatibilidad de los aranceles con las normas de la OMC. El grupo especial de la OMC falló en gran medida a favor de la UE en su informe final publicado el 22 de agosto de 2022, seguido por el laudo arbitral en virtud del MPIA el 21 de diciembre de 2022.
En noviembre de 2023, Colombia afirmó haber aplicado las conclusiones de la OMC mediante una resolución ministerial que revisaba su determinación original pero mantenía los derechos antidumping con márgenes ajustados. La UE impugnó esta medida, alegando que Colombia seguía aplicando metodologías incompatibles con la OMC. Posteriormente, la UE solicitó la celebración de consultas sobre el cumplimiento el 31 de mayo de 2024.
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