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España: El MARM elabora un proyecto de RD para aplicar la normativa comunitaria sobre productos fitosanitarios y cumplir el plazo de un año para su autorización

El MARM ha elaborado un proyecto de RD con objeto de adaptar la normativa fitosanitaria vigente al nuevo sistema establecido por el Reglamento (CE) nº 1107/2009 relativo a la comercialización de productos fitosanitarios, determinando con precisión los órganos competentes y los trámites necesarios para hacer más rápidos los procedimientos de autorización de productos fitosanitarios y cumplir así el plazo de un año establecido en la citada normativa comunitaria. Por otra parte la actual Comisión de Evaluación se configura como un órgano ejecutivo que informa sobre las solicitudes y queda integrada por expertos, científicos ó especialistas y desaparece la actual representación de las Comunidades Autónomas y de los sectores y organizaciones agrarias interesadas, que formarán parte de un nuevo Comité Consultivo de Participación de los Productos Fitosanitarios.

Según el proyecto, el solicitante de una autorización de un producto fitosanitario lo notificará a la Dirección General de Recursos Agrícolas y Ganaderos (DGRAG) con seis meses de antelación y, después de su estudio, la Comisión de Evaluación emitirá un informe de evaluación que será preceptivo, y que enviará a la citada Dirección General para su comunicación al solicitante y a las autoridades competentes de los Estados miembros de la Zona correspondiente. El plazo máximo para finalizar el procedimiento será de doce meses a partir de la recepción de la solicitud.

En el caso de solicitudes de reconocimiento mutuo, la DGRAG, en el plazo de 10 días enviará la información a la Comisión de Evaluación para que esta emita su informe dos meses antes de que finalice el plazo establecido, que es de 120 días.

La Comisión de Evaluación, que tendrá un Presidente y un Vicepresidente, nombrados por la Secretaría General de Medio Rural de acuerdo con la Secretaría General de Sanidad en turnos rotatorios y 14 vocales, que serán expertos científicos ó especialistas reconocidos en materia fitosanitaria, se reunirá al menos cada dos meses y a estas reuniones podrán asistir expertos, con voz pero sin voto, que hayan realizado los borradores de informes.

El Comité Consultivo se crea como órgano de participación, asesoramiento y consulta en el que habrá representación de los sectores interesados, organizaciones profesionales agrarias, asociaciones del sector agrario, comunidades autónomas, con las funciones de conocer de los resultados de los controles realizados por los expertos de la Comisión Europea y trasladar opinión a las distintas Administraciones Públicas o a la Comisión de Evaluación sobre aquellos asuntos que estime oportuno en relación con los productos fitosanitarios. Se reunirá al menos una vez al año.

El Reglamento (CE) nº 1107/2009, que entró en vigor el pasado día 14 de julio, tiene como objetivo garantizar un alto grado de protección de la salud humana y animal y del medio ambiente a la vez que salvaguardar la competitividad de la agricultura comunitaria.

Fuente: Fepex
Fecha de publicación: