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Ecuador flexibiliza temporalmente registro de plantaciones de banano y plátano para exportación

El presidente Daniel Noboa reformó el reglamento de la Ley para Estimular y Controlar la Producción y Comercialización del Banano, Plátano (barraganete) y otras musáceas afines destinadas a la exportación, mediante el Decreto Ejecutivo n.º 231, emitido la noche del lunes 24 de noviembre de 2025.

La norma incorpora una disposición transitoria única que permitirá solicitar, hasta el 31 de diciembre de 2026, el registro e inscripción de plantaciones de banano, plátano y otras musáceas ante el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca (MAGAP), siguiendo los actos normativos que el ministerio establezca para tal fin.

El reglamento mantiene la prohibición de realizar nuevas siembras de estas especies destinadas a la exportación sin autorización previa del MAGAP. La violación de esta disposición se sancionará con una multa de 150 salarios mínimos vitales generales por hectárea sembrada, según lo estipulado en el reglamento.

El decreto también faculta al MAGAP para emitir, modificar y actualizar la normativa secundaria, en coordinación con las instituciones y entidades correspondientes.

Fuente: www.eluniverso.com

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