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Argentina: Exigencias de la AFIP con el empleo rural

En estos días, la AFIP ha extendido las actividades sobre las cuales define la presunción de indicadores mínimos de trabajadores (IMT), que estarían en relación de dependencia con las respectivas empresas.

De esta manera se invierte la carga de la prueba, cuestión sin duda que complicará a las empresas en su desarrollo operativo y sus costos.

La existencia real de dependencia se verifica cuando existe una subordinación técnica, jurídica y económica, pero si bien en muchas ocasiones esto no acontece, el ente fiscal reclamará igualmente cargas sociales.

La ley 26063, sancionada en el año 2005, busca combatir el empleo no registrado, ahora con nueva reglamentación al involucrar, además de las empresas constructoras, textiles o feed lot, se adiciona -en el ámbito del agro- a la fruticultura y la yerba mate.

La facultad del fisco para determinar aportes y contribuciones omitidos, corresponde hacerse en forma cierta y solo en casos excepcionales podrá utilizarse presunciones, exigiéndose una congruencia total y simétrica entre el hecho detectado y el resultado inferido. Los hechos e indicios comprobados, deben demostrar una vinculación o conexión que genere la deuda tributaria.

El fisco verificará los parámetros propios de la actividad desarrollada por la empresa, y determinará la cantidad mínima de trabajadores dependientes comparándolos con los denunciados por el contribuyente. Se impulsa así la idea que en principio "todos somos culpables".

Para la producción de frutales,- según sean manzanas y peras, durazno, limones o mandarinas-, se fijan distintos métodos para determinar los trabajadores que presumiblemente hacen quienes realizan la poda, raleo y cosecha. También se determinan los necesarios para el empaque, distinguiendo entre consumo interno o exportación.

Fuente: Lanacion
Fecha de publicación:

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