¡Suscríbase a nuestra newsletter y manténgase al día con las últimas noticias!

Suscribirse Ya soy suscriptor

Está usted usando un software que bloquea nuestros anuncios.

Ya que publicamos noticias gratuitamente, dependemos de los ingresos de nuestros banners. Por favor, le rogamos que desactive su bloqueador de anuncios y recargue la página para poder seguir visitando esta web.
¡Gracias!

Haga clic aquí para leer la guía de cómo desactivar su bloqueador de anuncios.

Sign up for our daily Newsletter and stay up to date with all the latest news!

Suscripción I am already a subscriber
App icon
FreshPublishers
Abrir en la app
ABRIR

Juicio en Cuenca por presunta estafa en operaciones de compraventa de ajo

La Audiencia Provincial de Cuenca celebra este miércoles el juicio oral contra tres personas acusadas de un presunto delito de estafa relacionado con la compraventa de ajo.

El Ministerio Fiscal solicita para cada uno de los acusados cinco años y ocho meses de prisión, así como una multa de 12 meses con una cuota diaria de 10 euros. Además, pide la inhabilitación para ejercer el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y el pago de las costas procesales.

Según el escrito de la Fiscalía, los hechos se remontan a las campañas agrícolas de 2016, 2017 y 2018. El principal acusado, en calidad de apoderado y gerente de la empresa Car Garlic, habría adquirido en 2016 una partida de 100.000 kilos de ajo blanco nacional, abonando el precio correctamente con el objetivo de proyectar solvencia.

En las campañas siguientes, presuntamente junto con los otros dos acusados, habría adquirido la producción completa de ajo chino de varios proveedores, generando una deuda de 606.975 euros, y otros 100.000 kilos de ajo morado por un valor de 91.260 euros. Además, se emitieron tres pagarés de 30.000 euros cada uno que no fueron atendidos al vencimiento por falta de fondos.

El Ministerio Fiscal sostiene que los acusados nunca tuvieron intención real de cumplir con los pagos y considera que los hechos constituyen un delito de estafa tipificado en los artículos 248, 249 y 250.1.5 del Código Penal, en relación con el artículo 28 sobre autoría conjunta.

En caso de condena, los acusados deberán indemnizar a las víctimas por las cantidades que se determinen en ejecución de sentencia, incluyendo los intereses legales correspondientes.

Fuente: vocesdecuenca.com

Artículos relacionados → Ver más