La Unión Europea ha publicado en el Diario Oficial el reglamento que regula la aplicación de cláusulas de salvaguardia en el marco del acuerdo con Mercosur, con el objetivo de proteger a los productores comunitarios ante posibles perturbaciones del mercado.
La normativa establece procedimientos específicos para determinados productos agrícolas considerados "sensibles", con el fin de evitar daños graves a los sectores afectados en caso de un aumento significativo de las importaciones. Entre estos productos figuran distintas categorías de carne, así como lácteos —como queso o leche en polvo—, además de cultivos como maíz, arroz o ajo, y otros como huevos, miel o biodiésel.
El reglamento contempla que estas medidas solo se activarán cuando las importaciones crezcan de forma que puedan causar o amenazar con causar un perjuicio relevante a los productores europeos de bienes similares o competidores directos.
Asimismo, los Estados miembros deberán comunicar a la Comisión Europea cualquier evolución en los flujos comerciales que pueda justificar la adopción de salvaguardas. En este sentido, se plantea un sistema de seguimiento continuo de los productos sensibles para facilitar la detección temprana de riesgos y la toma de decisiones.
El texto también fija plazos y procedimientos para la apertura de investigaciones, así como para evaluar la necesidad de aplicar medidas. En situaciones consideradas críticas, la Comisión podrá introducir de forma rápida medidas provisionales.
En cualquier caso, el reglamento subraya que estas herramientas deberán aplicarse de forma limitada, únicamente en la medida necesaria para evitar perjuicios graves y durante el tiempo imprescindible para permitir la adaptación del sector afectado.
La normativa incluye además disposiciones sobre los mecanismos de solicitud, el desarrollo de las investigaciones, los sistemas de vigilancia previa y las condiciones para la duración o revisión de las medidas adoptadas.
Fuente: efeagro.com