Las nuevas directrices gubernamentales para luchar contra el cambio climático y el desperdicio alimentario introducen una serie de cambios, especialmente en los referidos a la fruta y la verdura fresca, que modificarán la forma de vender y comprarlos. Es por ello por lo que próximamente veremos menos envases de plástico, más alimentos a granel y fruta "fea" en los estantes de los comercios habituales donde solemos hacer la compra.
A finales de diciembre, el Gobierno aprobó en Consejo de Ministros el Real Decreto de Envases y Residuos de Envases, para "avanzar en la implantación de la economía circular y alcanzar los nuevos objetivos de reciclado de envases para 2025 y 2030". El objetivo es reducir el consumo de plástico en los próximos años, a través de cambios que afectarán a toda la cadena de valor, aunque las grandes modificaciones afectarán especialmente al sector primario.
Según el MITECO, las frutas y hortalizas envasadas en lotes de 1,5 kilogramos o más, las que se envasen bajo una variedad protegida, registrada o cuenten con una indicación de calidad diferenciada o de agricultura ecológica, así como a las que presentan un riesgo de deterioro o merma cuando se venden a granel, podrán venderse en envases de plástico.
Aunque la normativa va más allá del plástico, porque otras de las novedades que tienen previstas implementarse en los comercios en cuanto a fruta y verdura tiene que ver con la nueva ley de desperdicio alimentario.
Fruta "fea e imperfecta"
El pasado junio el Gobierno aprobó el proyecto de Ley de Prevención de las Pérdidas y el Desperdicio Alimentario y aún está pendiente de su aprobación parlamentaria, que se espera para la primera parte de 2023.
Se trata de la primera regulación sobre esta materia que se promulga a nivel estatal. El objetivo en este caso es el de reducir el desecho a la basura de alimentos sin consumir y favorecer su mejor aprovechamiento.
Uno de los puntos que incluye la ley dentro de las medidas de buenas prácticas es que los establecimientos comerciales dispongan de líneas de venta de productos “feos, imperfectos o poco estéticos" que los comercios no suelen vender por el mismo motivo, aunque sigan siendo aptos para el consumo.
Para esta ley las empresas deberán tener en cuenta que se enfrentan a sanciones si no cumplen con lo establecido. El régimen sancionador establece como falta grave no contar con un plan de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario, para la que prevé sanciones que pueden oscilar entre 2.001 y 60.000 euros.
Fuente: elnacional.cat