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Perú establece requisitos fitosanitarios a la importación de fruta fresca de cítricos de origen y procedencia de Uruguay

A través de Resolución Directoral N° 0021-2022-Midagri-Senasa-DSV, el Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa) estableció los requisitos fitosanitarios de cumplimiento obligatorio para la importación de fruta fresca de cítricos (Citrus spp.) de origen y procedencia de la República Oriental del Uruguay.

La resolución establece que “el envío deberá contar con el permiso fitosanitario de importación emitido por el Senasa, obtenido por el importador o interesado, previo a la certificación y embarque en el país de origen y procedencia”.

Asimismo, "el envío vendrá acompañado de un certificado fitosanitario oficial del país de origen, en el cual se consigne la siguiente declaración adicional:

Que el envío ha sido inspeccionado y cumple con el Plan de Trabajo para la Exportación de Frutos Frescos de Citrus spp. de Uruguay hacia el Perú y se encuentra libre de: Pseudomonas syringae pv. syringae, Xanthomonas citri supsp citri, Guignardia citricarpa, Elsinoe australis, y Brevipalpus obovatus, Aoinidiella aruantii y Cryptoblabes gnidiella".

Se debe, además, "indicar el número de precinto colocado en el contenedor o camión refrigerado. En caso de envíos aéreos cada caja o pallet deberá venir precintado y protegido con mallas de medida inferior a 1.6 x 1.6 mm de diámetro o cualquier otro material que mitigue el ingreso de plagas".

Asimismo, "el envío debe haber sido sometido a tratamiento en frío de acuerdo a lo siguiente:

"Cuando el tratamiento se realice en tránsito: indicar la fecha de inicio del tratamiento, temperatura (ºC), periodo de exposición, ubicación de sensores y calibración. b) Cuando el tratamiento se realice en cámara: indicar periodo de exposición de tratamiento, temperatura (ºC), ubicación de sensores y calibración".

En cuanto a los envases, "serán nuevos y de primer uso, resistentes al manipuleo, libres de cualquier material extraño al producto, debidamente rotulados en el lado frontal de la caja que permitan la identificación de la fruta con el nombre común y científico, código y nombre del lugar de producción y código de autorización y nombre de la empacadora".

Finalmente, el envío "estará libre de hojas, pedúnculo (corte al ras), suelo u otro contaminante en cajas de exportación o en los contenedores que lo transporten. Los pallets y envases de madera deberán estar libres de corteza y cumplirán con las regulaciones cuarentenarias para el ingreso de embalaje de madera. Así como la Inspección fitosanitaria en el punto de ingreso al país".

 

Fuente: gob.pe

Fecha de publicación: