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11 años de inhabilitación por prevaricación administrativa para 5 alcaldes del Valle del Jerte por el vertido ilegal de cerezas

Finalmente, la Audiencia de Cáceres ha condenado a 11 años de inhabilitación para ejercer cargo público a cinco alcaldes de la comarca del Valle del Jerte por el vertido ilegal de cerezas que no cumplían los requisitos para comercializarse. Como ha informado El País, la sala entiende que se produjo un delito de prevaricación administrativa por parte de los alcaldes de Rebollar, Cabrero, Cabezuela del Valle, Navaconcejo y Tornavacas, ya que sus regidores tenían conocimiento previo de que no se podía verter ningún tipo de residuo en los vertederos.

Los hechos sucedieron entre el 2015 y el 2019, pero, como explica la sentencia, varios de los vertederos de los municipios de esta zona fueron clausurados y recuperados ambientalmente en 2014, entre ellos los de las localidades que gobiernan los regidores procesados. Las obras costaron 109.908 euros, de los que 78.232 procedían de una subvención de los Fondos Europeos de Desarrollo Regional (FEDER).

La sentencia recoge que se remitió una carta a los alcaldes afectados, entre ellos los cinco procesados, haciéndoles saber su obligación de control y supervisión municipal para evitar nuevos depósitos en lugares que no están legalmente autorizados, según ha informado este martes la Audiencia de Cáceres. Y, a pesar de este aviso, según señala la resolución, “los acusados facilitaron y permitieron que se abrieran zanjas en la tierra destinadas al destrío de cerezas sobre las superficies recuperadas sin recabar ningún tipo de autorización o permiso”, añade el comunicado.

En virtud de estos hechos probados, la Sala considera que los regidores no solo no tomaron ninguna medida para prohibir o mitigar el vertido de residuos en zonas prohibidas, sino que alentaron estos hechos ilegales. En el caso de Rebollar, Cabrero y Tornavacas se llegó a “estimular” con colocación de carteles y bandos municipales que los propios vecinos del pueblo o cualquier tercero interesado pudiese arrojar residuos en las zonas recuperadas.

La sentencia puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura.

 

Fuente: elpais.com

Fecha de publicación: