- la fruta debe cultivarse en un lugar de producción registrado por el Gobierno de Chile y con certificación de baja prevalencia de Brevipalpus chilensis;
- la fruta debe ser sometida a una muestra poscosecha en el lugar de producción registrado;
- tras el procesamiento poscosecha, la fruta debe ser inspeccionada en Chile en un lugar de inspección autorizado;
- cada envío de fruta debe ir acompañado por un certificado fitosanitario con una declaración adicional que indique que la fruta se ha declarado libre de Brevipalpus chilensis basándose en las inspecciones en campo y en la planta de envasado.
Fuente: strtrade.com