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La próxima semana comenzarán las primeras retiradas a zumos para beneficencia previstas en el borrador del reglamento europeo

El mercado del melocotón y la nectarina empieza a reactivarse con las medidas de la Comisión

Tras diferentes conversaciones con el Ministerio de Agricultura, Afrucat, Asociación
Catalana de Empresas de fruta de Catalunya, ha podido comunicar a sus empresas
asociadas que, a pesar de no tener aún el texto del Reglamento, ya es posible empezar a solicitar las retiradas en base al borrador de reglamento.

Sólo ha hecho falta este borrador de proyecto de reglamento para que el mercado de melocotones y nectarinas reaccionara. "Ahora el umbral por debajo del cual nadie
venderá se sitúa en los 26,9 céntimos", puntualiza Manel Simon, director general de
Afrucat.

Como respuesta a la consulta efectuada al Departamento de Agricultura, que es el
organismo encargado de inspeccionar la mercancía a retirar, se ha recibido también la confirmación del DAAM de que "ya es posible acogerse al futuro reglamento para la retiradas de melocotón con efecto retroactivo desde el 11 de agosto".

Las primeras empreses se han puesto en contacto esta mañana con las industrias
transformadoras y han manifestado su voluntad de retirar producto. Ahora lo tendrán que notificar al Departamento y al SERMA (Servicio de Regulación de Mercados Agroalimentarios) y se prevé que la próxima semana se hagan efectivas estas retiradas de melocotones y nectarinas para hacer zumo con destino a beneficencia (recordemos que esta es la única vía prevista por el reglamento europeo para estas retiradas).

Simon valora "la agilidad con que se está poniendo en funcionamiento la medida, y más, teniendo en cuenta que las administraciones lo han activado en base a un borrador de reglamento". Uno de los aspectos más destacables de este mecanismo es la posibilidad de aplicarlo a pesar de las OPFHs implicadas tengan su programa Operativo agotado, ya que la única limitación es el 10% del Volumen Comercializado.

Los principales rasgos del borrador de Reglamento son:

  • Limitación única: el 10% del volumen total de la VPC (Producción comercializada media de los últimos 3 años).
  • Único destino: Beneficencia (Precio: 26,9 cts / kg)
  • Los no socios pueden retirar a través de una OPFH a mitad de precio (13,45cts / kg)
Fecha de publicación: